⚠️ Aviso: Esta es una guía comunitaria de orientación. NO es un canal oficial del Gobierno. La información puede cambiar cada día. Confirma siempre por teléfono o en persona antes de viajar o hacer un trámite.
Si un familiar murió por el terremoto, puedes registrar la defunción. El registro es gratis. Por la Circular 01 del 12 de agosto, las muertes del 7 al 21 de agosto en las zonas afectadas que se registren tarde NO se consideran extemporáneas ni necesitan orden de inspector.
Qué es
El registro civil de defunción es el documento que deja constancia legal de la muerte. Se necesita para herencias y sucesión, para reclamar pensiones o seguros, para cerrar cuentas y para muchos trámites. Normalmente hay 2 días hábiles para registrarlo; pasado ese plazo se vuelve "extemporáneo" y se pide una orden del inspector de policía. La Circular 01 del 12-ago-2026 de la Registraduría levanta ese requisito para las defunciones ocurridas entre el 7 y el 21 de agosto en Chocó, Caldas, Risaralda, Valle y Quindío.
A quién le sirve
Un familiar murió por el terremoto (o entre el 7 y el 21 de agosto) en una de las zonas afectadas.
No alcanzaste a registrar la muerte en los 2 días por la emergencia.
Costo: GRATIS. GRATIS. La inscripción y la primera copia del registro no tienen costo; las copias adicionales sí se pagan.
Plazo: Normalmente 2 días hábiles. Por la Circular 01 del 12-ago, las defunciones del 7 al 21 de agosto en las zonas afectadas que se registren tarde NO se consideran extemporáneas ni requieren orden de inspector.
Qué necesitas
Obligatorio
Certificado médico de defunción (original)
Lo expide el médico, hospital o entidad de salud que constató la muerte. Si la muerte no ocurrió en un hospital, el documento base lo expide Medicina Legal.
Obligatorio
Documento de identidad de quien hace el trámite
Si lo tienes
Datos de identidad de la persona fallecida (nombre, documento si se tiene)
Si su cédula se perdió en el terremoto, el trámite igual puede hacerse con los datos y el certificado médico.
Paso a paso
Consigue el certificado médico de defunción (lo da el médico, el hospital o Medicina Legal).
Lleva ese certificado y tu documento a una notaría o a la Registraduría.
Registra la defunción; te entregan el registro civil de defunción (la primera copia es gratis).
Verificado el 2026-08-14. Borrador automático desde la Circular 01 (12-ago) vía fuentes de prensa + páginas estándar de la Registraduría. TEXTO PRIMARIO de la Circular 01 y la página .gov.co POR CONFIRMAR con la Registraduría (el WAF .gov.co bloquea la lectura automática) antes de tratarlo como definitivo.