⚠️ Aviso: Esta es una guía comunitaria de orientación. NO es un canal oficial del Gobierno. La información puede cambiar cada día. Confirma siempre por teléfono o en persona antes de viajar o hacer un trámite.
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Seguro del edificio (propiedad horizontal)

Disponible

Si vives en un edificio o conjunto (propiedad horizontal), la copropiedad DEBE tener un seguro que cubre las zonas comunes contra terremoto. Repórtalo al administrador cuanto antes.

Qué es

Por la Ley 675 de 2001, todo edificio o conjunto en propiedad horizontal debe tener un seguro sobre las ÁREAS COMUNES (estructura, techos, fachadas, ascensores), normalmente contra incendio y terremoto. Ese seguro lo maneja la administración de la copropiedad. OJO: el interior de tu apartamento (bienes privados) NO siempre está cubierto por ese seguro; eso depende de tu propio seguro de hogar o del seguro que exige el banco si tu vivienda está financiada.

A quién le sirve

Costo: GRATIS. Reclamar el seguro no tiene costo para ti: lo tramita el administrador con la aseguradora.

Plazo: Reporta el daño de inmediato; muchas pólizas exigen avisar pronto.

Paso a paso

  1. Reporta el daño al ADMINISTRADOR de la copropiedad de inmediato y por escrito. Él tiene la póliza y debe activar el reclamo ante la aseguradora.
  2. Toma fotos y anota la fecha de los daños; guarda todo.
  3. Pide al administrador los datos de la póliza y la línea de la aseguradora.
  4. Para el INTERIOR de tu apartamento: revisa si tienes seguro de hogar. Si tu vivienda está financiada, avisa al BANCO — casi siempre exige un seguro de incendio y terremoto sobre el crédito.
  5. Si arriendas: este seguro lo reclama el dueño o la copropiedad, no tú. Tus derechos como arrendatario están en el registro de arriendo.

Dónde y cómo

Página oficial
https://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0675_2001.html
ℹ️ Enlace a la Ley 675 de 2001. Un abogado debe confirmar el alcance exacto del seguro obligatorio.
Si nada funciona
Si la copropiedad NO tiene seguro o el administrador no responde, es un problema legal: lleva el caso a un consultorio jurídico o a la Defensoría. El administrador puede ser responsable por no tener el seguro obligatorio.
✍️ ¿Cambió o está mal? Recomienda un cambio

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🛡️ Cuidado

El reclamo del seguro se hace por el administrador y la aseguradora, sin intermediarios que cobren. Desconfía de quien te ofrezca "agilizar" el pago del seguro por una comisión.

¿Un dato cambió o está mal? Ayúdanos a mantener la información al día. 👉 Recomienda un cambio

Fuentes

Verificado el 2026-08-11. Borrador automático — orientación general, NO asesoría legal. Confirmar con un abogado el artículo y el alcance del seguro obligatorio (áreas comunes vs bienes privados) antes de publicar como definitivo.
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