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Protección de tu empleo y retiro de cesantías para tu vivienda
Disponible
Si eres trabajador y el terremoto dañó tu casa, puedes pedir el retiro PARCIAL de tus cesantías para repararla, comprar o mejorar vivienda. Además, el sismo por sí solo NO es motivo para despedirte.
Qué es
El Ministerio del Trabajo emitió la Circular 0096 del 13 de agosto de 2026 con medidas para proteger el empleo de las personas afectadas por el terremoto. Lo más útil para ti: recuerda que puedes pedir el RETIRO PARCIAL de tus cesantías cuando el dinero se use para comprar, construir, reparar o mejorar tu vivienda —un derecho que ya existe y que ahora aplica a los daños del sismo—. Tu empleador o el fondo revisan con soportes que el dinero se usó en vivienda. La circular también recuerda que el terremoto, por sí solo, NO autoriza terminar contratos de trabajo (para un despido se debe probar la imposibilidad real de operar), y sugiere a las empresas medidas como teletrabajo, horarios flexibles, adelanto de la prima y de vacaciones, licencias y auxilios. Ojo: una lesión sufrida en el sismo, por sí sola, no se considera accidente laboral.
A quién le sirve
- Eres trabajador con cesantías (en un fondo como Porvenir, Protección, Colfondos o el FNA) y tu vivienda sufrió daños.
- Quieres usar tus cesantías para reparar, mejorar, comprar o construir vivienda.
- Te preocupa que te despidan 'por el terremoto': el sismo por sí solo no es justa causa.
Costo: GRATIS. Pedir el retiro de tus cesantías es gratis. Nadie oficial te cobra por tramitarlo; hazlo directo con tu fondo o tu empleador.
Plazo: Puedes solicitarlo mientras tengas la afectación de vivienda. El retiro para vivienda es un derecho permanente; la Circular 0096 lo recuerda para el contexto del sismo.
Qué necesitas
ObligatorioDocumento de identidad
ObligatorioSoportes de que el dinero se usará en vivienda (cotización de reparación, factura, escritura, etc.)
El empleador o el fondo verifican con estos soportes que las cesantías se destinaron a vivienda.
Paso a paso
- Reúne los soportes del daño y del gasto en vivienda (fotos, cotización, factura o escritura).
- Pide a tu empleador (o directamente a tu fondo de cesantías) el retiro parcial para vivienda.
- Entrega los soportes; el fondo o el empleador verifican el destino y hacen el desembolso.
- Si te presionan a renunciar 'por el terremoto', guarda las comunicaciones y busca ayuda legal gratis.
Dónde y cómo
Si nada funcionaHabla con el área de gestión humana de tu empresa o con tu fondo de cesantías. Si te niegan un derecho o te presionan a renunciar, la Defensoría del Pueblo y los consultorios jurídicos dan orientación gratis (ver 'Ayuda legal gratis').
❓ ¿Te negaron esta ayuda? Ayuda legal gratis (si te niegan una ayuda)
🛡️ Cuidado
El trámite de cesantías se hace GRATIS con tu fondo o tu empleador. Nadie oficial te cobra por 'liberar' tus cesantías ni te las pide por un link. Ojo con quien ofrezca 'adelantarte' el dinero a cambio de una comisión.
Verificado el 2026-08-19. REGISTRO NUEVO (borrador de monitoreo 19-ago). Basado en la Circular 0096 del 13-ago-2026 del Ministerio del Trabajo, según convergencia de prensa (El Colombiano, Infobae, El Occidente). El TEXTO PRIMARIO de la Circular 0096 en mintrabajo.gov.co está SIN CONFIRMAR (el sitio no respondió al link-check automático, 000). El retiro de cesantías para vivienda es un derecho preexistente; lo NUEVO es que MinTrabajo lo activa para el sismo. REQUIERE VISTO BUENO.
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