Qué te corresponde y cómo pedirlo, paso a paso.
Revisado el 2026-08-20, 11:06 a. m. (hora Colombia) · última actualización de contenido: 2026-08-20
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Con la Emergencia Económica (Decreto 1261 de 2026), el Gobierno ya puede entregar por decreto el subsidio de arriendo y los alivios en servicios, créditos e impuestos —y CONFIRMÓ que NO suben los impuestos—. Aun así, el MONTO nacional del arriendo, los requisitos y las fechas todavía NO salen con cifras en firme (la UNGRD anunció $100.000 millones y un diagnóstico de las familias hasta el 30 de septiembre). ¿Qué hacer hoy? Inscríbete en el censo de tu municipio —es la puerta de entrada a TODAS las ayudas— y cuídate: ninguna ayuda oficial tiene costo ni se pide por links raros.
Decreto 1261 de 2026 (Emergencia Económica) y Decreto 1171 (desastre nacional) · El Espectador, Portafolio, El Tiempo, 19–20-ago-2026
El censo es la puerta de entrada a TODAS las ayudas. Si no estás en el censo, no recibes subsidio, ni arriendo, ni kits. Es gratis y es en persona.
Ver cómo pedirlo →Dinero mensual para pagar arriendo mientras reparan o reponen tu vivienda. El Gobierno lo anunció, pero todavía está definiendo las reglas.
Ver cómo pedirlo →En Risaralda, los afectados no pagarían servicios públicos por 3 meses. Anunciado; el mecanismo se define por decreto.
Ver cómo pedirlo →Comida, agua, colchonetas y elementos de aseo para las familias afectadas. Se entregan a través del censo y de Cruz Roja / Defensa Civil.
Ver cómo pedirlo →Si perdiste la cédula en el terremoto, el duplicado no cuesta nada. Es gratis una vez por persona, por ser damnificado de un desastre natural.
Ver cómo pedirlo →Para niños y adolescentes de 7 a 17 años que perdieron la tarjeta de identidad. El duplicado es gratis para damnificados, igual que la cédula.
Ver cómo pedirlo →Si perdiste el registro civil de nacimiento, puedes pedir una copia. Para damnificados la copia es gratis una vez, por la misma exoneración.
Ver cómo pedirlo →Para el subsidio de arriendo necesitas que un técnico revise tu vivienda y diga si es habitable o no. Ese reporte lo pides en la alcaldía.
Ver cómo pedirlo →Si eres arrendatario, ocupas sin escritura o vives en un barrio informal, NO necesitas título de propiedad para entrar al censo ni para recibir ayuda humanitaria.
Ver cómo pedirlo →Es el documento que muestra quién es el dueño de un predio. Puede pedirte para trámites de vivienda o seguros. Se saca en línea o en una Oficina de Registro.
Ver cómo pedirlo →Si no sabes de un familiar tras el terremoto, hay buscadores donde puedes escribir su NOMBRE y ver si alguien lo reportó o lo encontró. Buscar y reportar es gratis.
Ver cómo pedirlo →Si te dejan por fuera del censo, te niegan un subsidio o no sabes cómo reclamar, puedes conseguir un abogado GRATIS con la Defensoría del Pueblo o un consultorio jurídico.
Ver cómo pedirlo →Si la casa o apartamento que arriendas quedó inhabitable por el terremoto, NO deberías seguir pagando arriendo por algo que no puedes usar. La ley te protege. Pero hazlo bien: consigue la declaración de inhabitabilidad y avisa por escrito.
Ver cómo pedirlo →Si vives en un edificio o conjunto (propiedad horizontal), la copropiedad DEBE tener un seguro que cubre las zonas comunes contra terremoto. Avisa el daño al administrador y a tu aseguradora en máximo 3 DÍAS (es la ley).
Ver cómo pedirlo →Si tu vivienda tiene crédito hipotecario o leasing (banco o FNA), por ley lleva un seguro de incendio y TERREMOTO que cubre la estructura. Avísale a tu aseguradora o al FNA cuanto antes: hay plazos y con los bancos suelen ser cortos.
Ver cómo pedirlo →Si tu CASA o APARTAMENTO tiene cualquier seguro —propio (seguro de hogar), del crédito (si pagas cuotas al banco o al FNA), o del edificio (propiedad horizontal)— tienes máximo 3 DÍAS para AVISAR el daño a la aseguradora. Es la ley (Código de Comercio, art. 1075).
Ver cómo pedirlo →Si un familiar murió por el terremoto, puedes registrar la defunción. El registro es gratis. Por la Circular 01 del 12 de agosto, las muertes del 7 al 21 de agosto en las zonas afectadas que se registren tarde NO se consideran extemporáneas ni necesitan orden de inspector.
Ver cómo pedirlo →Si vives en un municipio afectado, la DIAN te da más plazo para declarar y pagar el impuesto de renta. Es un aplazamiento (más tiempo), NO un perdón de la deuda, y no te cobran intereses ni sanciones si cumples en la nueva fecha.
Ver cómo pedirlo →Si eres trabajador y el terremoto dañó tu casa, puedes pedir el retiro PARCIAL de tus cesantías para repararla, comprar o mejorar vivienda. Además, el sismo por sí solo NO es motivo para despedirte.
Ver cómo pedirlo →Si tienes créditos y el terremoto te afectó, tu banco puede darte un periodo de gracia (dejar de pagar por un tiempo), refinanciar la deuda y frenar los cobros. No es automático: tienes que llamar a TU banco y explicar tu caso.
Ver cómo pedirlo →Después del terremoto tienes derecho a que te sigan atendiendo en salud, aunque hayas perdido el carné, la cédula o las medicinas, y aunque estés lejos de tu EPS. El Ministerio de Salud lo ordenó por la Circular Externa 0028 de 2026. También hay apoyo psicológico gratuito para el miedo, la angustia o el duelo.
Ver cómo pedirlo →Aunque el colegio se haya dañado, tus hijos NO tienen que perder el año. El Ministerio de Educación activó un plan (Directiva 009) para seguir las clases de otra forma, con apoyo psicológico y comida escolar. Pregunta en el colegio o en la Secretaría de Educación de tu municipio.
Ver cómo pedirlo →Si ya te habían dado un Subsidio Familiar de Vivienda y tu casa se cayó o quedó inhabitable por el terremoto, una ley te deja postularte OTRA VEZ. No es plata para el arriendo del mes: es el subsidio para comprar o reconstruir vivienda.
Ver cómo pedirlo →Si eres vendedor informal en Pereira y el terremoto te afectó, la Alcaldía anunció un apoyo de $1.000.000 (capital semilla, por una vez) para reactivar tu negocio. Aún no publica las reglas: primero regístrate en SOS Pereira, pero registrarte NO garantiza la ayuda.
Ver cómo pedirlo →No encontramos ayudas con esa palabra. Borra el texto para ver todas.